DECA Secundaria

DECA para ESO, Bachillerato y FP

Para conocer más:

INFORMACIÓN GENERAL – DECA SECUNDARIA

DÍPTICO INFORMATIVO SOBRE LA DECA

Con este curso de Pedagogía y Didáctica de la Enseñanza Religiosa Escolar, la Sección a Distancia del ISCCRR “San Dámaso” , capacita para poder ejercer como Profesor de Religión y Moral Católica en los niveles de Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional. El programa está elaborado según los requisitos marcados por la Conferencia Episcopal Española.

La titulación obtenida es Declaración Eclesiástica de Competencia Académica en Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional.

I. Requisitos para la obtención de la DECA en Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato
* Tener uno de los siguientes recorridos formativos:

          I. Sin Estudios Teológicos

  • Grado (o Licenciatura) civil + Diplomatura/Bachillerato en Ciencias Religiosas (Diplomatus/Baccalaureatus in Scientiis Religiosis – 180 ECTS)
  • Grado en Ciencias Religiosas (Baccalaureatus in Scientiis Religiosis con reconocimiento civil – 240 ECTS):

* El Bachillerato en Ciencias Religiosas (180 ECTS) es reconocido civilmente como Grado en Ciencias Religiosas si se cursan 60 ECTS más hasta alcanzar los 240 ECTS):

Información general sobre el Bachillerato en Ciencias Religiosas

 En el currículum del Bachillerato y Grado en Ciencias religiosas están contemplados los 18 ECTS de la DECA.

          II. Con Estudios Teológicos

Grado Baccalaureautus in Theologia o Licenciatus in Theologia:

* Baccalaureatus in Theologia = Licenciatura en Estudios Eclesiásticos o Grado en Teología.

* Licenciatus in Theología = Licenciatura en Teología o Máster en Teología.

Aquellos alumnos que tengan los estudios teológicos requeridos, pero sin  la capacitación pedagógica necesaria  para la enseñanza  de la Religión, deberán realizar el Curso de la DECA (18 ECTS).
III.Programa de Pedagogía y Didáctica de la Enseñanza Religiosa Escolar (DECA)

Asignaturas                                           /                                                             Créditos

Pedagogía de la Fe                                                                                                3
Enseñanza Religiosa Escolar                                                                      3
Currículum de Educación Secundaria                                                   6
Didáctica I (Metodología y Didáctica de la Religión)              3
Didáctica II (Historia de los Métodos Educativos)                    3

* Convalidaciones

Se podrá solicitar convalidación de cualquiera de las asignaturas que componen el curso de la DECA.

Para ello será necesario acreditar convenientemente, que fueron cursadas con anterioridad en una institución de nivel académico equivalente al ISCCRR.

Se hará imprescindible presentar certificado de notas oficial del centro de estudios y programa de contenidos cursado de la asignatura para la que se solicita convalidación.

IV. Requisitos y condiciones para ser profesor de Religión Católica
 Para poder ejercer como profesor de religión y moral católica es necesario reunir los siguientes requisitos:
1. Estar en posesión de la titulación eclesiástica D.E.C.A. (Declaración Eclesiástica de Competencia Académica) correspondiente al nivel educativo en el que se pretende impartir docencia, expedida por la Comisión Episcopal de Enseñanza y Catequesis de la Conferencia Episcopal Española.
2. Haber cursado un Máster que habilite para el ejercicio de la profesión regulada de “Profesor de Secundaria y Bachillerato” o estar en posesión del antiguo CAP (Certificado de Aptitud Pedagógica).
Los alumnos interesados en poder impartir clase en Secundaria y Bachillerato, además de los estudios teológicos y las asignaturas de la DECA que cursan en la Sección a Distancia del ISCCRR de la Universidad Eclesiástica San Dámaso (UESD), pueden realizar dicho Máster en cualquiera de las Universidades que lo imparten (aquellas que tengan Facultad de Educación o de Humanidades). La UESD ofrecerá a sus alumnos convenios con Universidades para la realización de dicho Máster en modalidad presencial, semipresencial, a distancia y on line.
3. Estar en posesión de la D.E.I. (Declaración Eclesiástica de Idoneidad) concedida por el Obispo de la Diócesis a la que pertenece la localidad donde se vaya a impartir clase de religión.
– Requisito previo para la obtención de la D.E.I. es estar en posesión de la D.E.C.A.
– La expedición de la D.E.I. supone recta doctrina y testimonio de vida cristiana, según los cánones 804 y 805 del Código de Derecho Canónico. Está basada en consideraciones de índole moral y religiosa, criterios cuya definición corresponde al Obispo diocesano
– La D.E.I. puede ser revocada por el Ordinario diocesano, cuando deje de cumplirse alguna de las consideraciones por las que se concedió y no tendrá validez en otras diócesis
4. Haber obtenido la missio canonica, es decir, haber sido propuesto a la Administración Educativa por el Obispo de la Diócesis, como profesor competente e idóneo para un centro escolar concreto.
– Requisito previo para la obtención de la missio canonica es estar en posesión de la D.E.I.
– La propuesta será para cada año escolar, conforme con el art. III del Acuerdo sobre Enseñanza y Asuntos Culturales
FLEXIBILIZACIÓN DE LOS REQUISITOS PARA LA OBTENCIÓN DE LA DECA DE SECUNDARIA Y BACHILLERATO – MEDIDA TRANSITORIA

Contexto en el que nace la propuesta aprobada por la 116 Asamblea de la Conferencia Episcopal Española  (Noviembre, 2020)

Dada la excepcional situación  que vivimos desde marzo 2020 a causa de la pandemia, en la que en el ámbito sanitario se buscaron respuestas excepcionales -como el incorporar a los hospitales a estudiantes  de los últimos años de Medicina- y más recientemente,  en el ámbito educativo civil, permitiendo  el  ejercicio  de  la docencia  en  Secundaria  sin tener  el  Máster habilitante cursado,  de  manera  análoga,  ante  la falta  de  profesores  para  impartir  docencia  de  ERE en Secundaria y Bachillerato,  la Comisión Episcopal para  la Educación y Cultura elevó  a  la  116 Asamblea  Plenaria  de  la  CEE   (16-20 de noviembre  2020)  la  siguiente  propuesta,   que  fue aprobada por la misma:

Conferir la DECA con  carácter provisional a  personas  que  estando  en  posesión de  un Grado o Licenciatura civil, y teniendo cursados los 18 ECTS de Pedagogía y Didáctica de la Enseñanza Religiosa Escolar correspondientes  a  las asignaturas  DECA  de  Secundaria  y Bachillerato,  todavía   no  estén   en  posesión  del  título   académico   eclesiástico, pero tengan  cursados al menos 120 ECTS del   baccalaureatus in Scientiis Religiosis, (Bachillerato en Ciencias Religiosas) o al menos 240 ECTS en el caso de los baccalaureatus  in Theologia (Bachillerato en Teología)

Estos alumnos/as -que  habrán de tener  superados al menos dos tercios  de los estudios conducentes  al título  (120 o 240 ECTS según los estudios sean de Ciencias Religiosas o Teología),  se  comprometerán formalmente a  obtener   su  título  eclesiástico en  un plazo máximo de 3 años desde  la solicitud de la certificación  DECA provisional.

Esta flexibilización excepcional  de los requisitos eclesiásticos  para  la solicitud de  la DECA  de Secundaria y Bachillerato ha sido aprobada por la 116 Asamblea Plenaria para los tres próximos cursos académicos (2020-21, 2021-22, 2022-23)

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DÍPTICO INFORMATIVO SOBRE LA DECA

 

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